
El interesado deberá dirigirse a la Gerencia General o al Departamento de Cartera de nuestro Club y reclamar el Formulario de ingreso y la Solicitud de Vinculación del Banco Davivienda, documentos que deberá diligenciar con la información personal requerida, con tinta negra y sin enmendaduras. Como requisito primordial, la Solicitud de Ingreso a nuestro Club, deberá estar firmada por cinco (5) Socios Titulares Activos, exceptuando miembros de nuestra Junta Especial de Votaciones y Junta Directiva.
Seguidamente, el aspirante junto con su grupo familiar (cónyuge e hijos), deberán anexar cada uno los siguientes documentos:
Una vez diligenciado el formulario de ingreso, cancelado el valor del Derecho de Admisión y obtenido el paz y salvo del Departamento de Cartera, la solicitud se entregará a la Gerencia General y será publicada en la cartelera del Club por espacio de treinta (30) días de acuerdo con el reglamento, con el fin que las Juntas Especial de Votaciones y Directiva, efectúen el proceso de revisión y verificación de datos.
Diligenciado el formulario de ingreso y cancelado el valor de Derecho de Admisión junto con el Certificado de Existencia y Representación Legal actualizado y emitido por la Cámara de Comercio, la solicitud es publicada en la cartelera del Club, por espacio de treinta (30) días, con el fin que las Juntas Especial de Votaciones y Directiva, efectúen el proceso de revisión y verificación de datos.
En caso que el Representante renuncie o sea retirado, la empresa debe enviar comunicación a nuestro Club informando el cambio y presentando su reemplazo, quien además deberá anexar el formulario de ingreso con todos los requisitos anteriores.
Si el aspirante es hijo de Socio o de ex socio, su solicitud no se llevará a cartelera y sólo se someterá a la decisión de nuestra Junta Directiva.
Adicionalmente la empresa podrá presentar cuatro (4) ejecutivos, quienes deberán reunir los mismos requisitos y cancelar únicamente la cuota de sostenimiento mensual vigente.
Como requisito indispensable el Socio Padre, deberá tener mínimo cinco (5) años de ser miembro activo del Club Cartagena.
Una vez diligenciado el formulario de ingreso, cancelado el valor de Derecho de Admisión y obtenido el paz y salvo de nuestro Departamento de Cartera, el aspirante será sometido a votación por parte de la Junta Directiva de nuestro Club Cartagena. Al momento de ser aceptado, el socio cancelará mensualmente y, hasta cumplir los cuarenta (40) años, el setenta por ciento (70%) de la cuota de sostenimiento vigente. A partir de los cuarenta (40) años, cancelará la cuota total vigente.
El aspirante debe reunir las mismas condiciones de la categoría anterior, con la diferencia que la carta de solicitud debe estar firmada por el padre y Socio Titular. Al momento de ser admitido como Socio, éste quedará exento de cancelar la cuota de sostenimiento hasta cuando cumpla los treinta (30) años de edad. También podrá activar su derecho, si así lo decidiera, cancelando la cuota de sostenimiento.
El aspirante deberá tramitar los requisitos generales y cancelar el valor de Derecho de Admisión. Una vez obtenido el recibo de paz y salvo de nuestro Departamento de Cartera, será sometido a votación por parte de la Junta Directiva, quienes se encargarán de tomar la decisión del respectivo ingreso. También, deberá pagar la cuota de sostenimiento vigente acorde con su edad.
Una vez tramitados todos los requisitos generales, el aspirante deberá cancelar el valor de reingreso vigente. Luego, será sometido a votación por parte de la Junta Directiva del Club Cartagena y deberá pagar la cuota de sostenimiento vigente.
El aspirante deberá reunir iguales requisitos, sin pagar derecho de ingreso en este momento, y cancelando mensualmente cuota y media del valor que cancela el Socio Activo Presente, por espacio de dos (2) años.
Se entiende por Socio Sustituto la persona natural mayor de edad que, por una (1) sola vez, es aceptada por la Junta Especial de Votaciones o por la Junta Directiva, según la naturaleza del aspirante, para que durante un lapso no mayor de un (1) año, prorrogable hasta por seis (6) meses adicionales por votación secreta de la Junta Directiva, ejerza los derechos y las obligaciones que corresponden al Socio de Número que bajo su absoluta responsabilidad le cedió tal privilegio y obligatoriedad, exceptuándose el derecho a elegir y ser elegido. Diligenciados todos los requisitos generales, el aspirante no cancelará el valor del Derecho de Admisión y la solicitud se entregará a la Gerencia General y será publicada en la cartelera del Club por espacio de treinta (30) días de acuerdo con el reglamento, con el fin que nuestras Juntas Especial de Votaciones y Directiva, efectúen el proceso de revisión y verificación de datos.
